¿Qué entiende el Gobierno por Business Angel? Primera decepción de la Ley de Emprendedores

¿Qué entiende el Gobierno por Business Angel? Primera decepción de la Ley de Emprendedores
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Ya tenemos acceso al articulado del anteproyecto de la Ley de Emprendedores y ya nos hemos llevado la primeras sorpresa negativa. Esta sorpresa está en la letra pequeña del articulado de la famosa deducción que se crea a nivel estatal para la capitalización y aportación de fondos propios en empresas. El business angel podrá deducirse el 20% sobre 20.000 euros como base máxima de deducción las aportaciones que haga a empresas con los siguientes requisitos:

  • Empresa constituida como SA, SL, SLL o SAL. <- Ok
  • Business angels que inviertan como personas físicas y tributen en el IRPF. Deducción no aplicable en sociedades <- Desastroso, la mayoría de inversiones se canalizan a través de sociedades.
  • Fondos propios inferiores a 200.000 euros. <- Mal, puesto que muchas empresas en start-ups tienen capitalizaciones muy superiores.
  • Tener como mínimo una persona contratada a jornada completa en el régimen general. En creación o primer año, depende puesto que limita muchísimo las inversiones.
  • Que se desempeñe una actividad económica. <- Ok
  • Mantener la participación en la empresa un mínimo de tres años y un máximo de 9. <- Mal, frena desinversión o venta a niveles superiores su un tercero quiere concentración de capital.
  • No controlar nunca más del 40% de los derechos políticos de la empresa hasta el 2º grado familiar. <- Depende de la cantidad invertida e implicación del propio promotor
  • No haber desempeñado anteriormente la actividad por cuenta propia. <- Error, quién más sabe de un segmento es quién ya ha estado en él

Con estos requisitos, podemos aventurar que realmente muy pocos "business angels" se van a favorecer de la primera inversión que se haga en una empresa, sin pasar por alto tampoco, que aunque se invierta en múltiples empresas, la base máxima de deducción es de 20.000 euros ¿no os parece una cifra espantosamente ridícula como nivel de inversión para un business angel?

Se me ocurren varias starts-ups que están desarrollando sistemas novedosos mediante los propios promotores, que cotizan en autónomos, con freelances contratados durante periodos cortos y que necesitan dinero para desarrollar sus plataformas. Este tipo de empresas por ejemplo, no entran dentro de las benefactoras de la inversión, al igual que no se considera tampoco business-angel aquel que invierta mediante una sociedad creada al efecto o deposite su dinero en una empresa de capital riesgo. Para variar, el Gobierno vuelve a errar el tiro con este formato de deducción que van a vender como una garantía de éxito para la iniciativa emprendedora.

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