Rajoy pone fecha en 2014 para la liquidación del IVA cuando se cobre

Rajoy pone fecha en 2014 para la liquidación del IVA cuando se cobre
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El Presidente del Gobierno Mariano Rajoy, acaba de anunciar en el Debate sobre el Estado de la nación la entrada de la liquidación del IVA en el momento del cobro a partir del año 2014 mediante la creación de un régimen especial del IVA para pymes y autónomos cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a 2 millones de euros.

No ha trascendido nada más de este régimen especial, ni hay articulado previsto ni nada, pero esta medida tan esperada y demandada por muchas empresas tiene muchas más sombras que luces a todos los efectos. ¿Por qué tiene sombras esta medida? El primer punto que debe recoger una medida de criterio de caja de IVA es que se aplique tanto en las compras como las ventas. Es decir, la liquidación del IVA debe ser simétrica y por tanto, las empresas deberán pagar el IVA cuando lo cobren y en simultáneo tendrán que deducirse el IVA soportado cuando lo paguen.

Para los autónomos, que actualmente no están obligados a llevar contabilidad formal (solo libros de ingresos y gastos), tendrán que llevar contabilidad completa, porque se exigirá en simultáneo el soporte documental de cobro y pago. Esto implica en simultáneo la bancarización completa de la actividad y olvidarnos completamente del cobro y pago en efectivo. Actualmente, el límite de efectivo está fijado en 2.500 euros, pero a efectos prácticos, si la factura se cobra en efectivo, se dará por hecho que a falta de otro soporte, se cobra dicha factura en el momento de la emisión.

Por último, las asesorías se deben frotar las manos en principio y llorar después, dado que artiucular un sistema de cobros y pagos para autónomos implica mayor gestión contable y fiscal, pero en simultáneo implicará también revisión de precios al alza en los servicios que se prestan y aquí viene el problema.

Queda por determinar si a partir del próximo año entrará finalmente en vigor la obligación de presentación mensual de los libros de facturas de manera telemática para empresas y si dicho régimen especial obliga también a aportar los justificantes de cobros y pagos.

Como digo, medida que puede ser positiva para muchos, pero que tampoco es una gran ventaja económica.

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