¿Si trabajo en un banco, domicilio la nómina en el mismo?

¿Si trabajo en un banco, domicilio la nómina en el mismo?
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El Royal Bank of Scotland obliga a sus empleados a domiciliar la nómina en una cuenta abierta en sus oficinas, o al menos eso es lo que denuncia el sindicato amicus. Según el banco los empleados son advertidos de esta medida en las entrevistas de trabajo y además pueden abrir cuentas en otros bancos, pero lo que no pueden es recibir sus salarios en otros bancos.

El sindicato hace una comparación en la que si alguien trabaja en Tesco no es sancionado por comprar en Sainsbury (algo así como Carrefour e Hipercor). Esta medida se considera contraproducente por parte de los trabajadores.

Y aquí tenemos el dilema ¿quien tiene razón? Por un lado no es buena propaganda para un banco que sus trabajadores sean clientes de otro, por otro lado los trabajadores deberían de poder ser libres de elegir con quien contratar sus servicios financieros. Si un banco no quiere que sus trabajadores usen los servicios de la competencia (cosa que a veces será difícil en lo que a sacar de cajeros automáticos se refiere) debería de ofrecer condiciones especiales a sus propios empleados, al fin y al cabo el banco tiene mejor información sobre los empleados del banco que sobre la mayoría de sus clientes.

Como supongo que algunos de nuestros lectores trabajan o han trabajado en un banco (español o extranjero), me gustaría pedirles que nos cuenten si tenían presiones en su empresa para usar los servicios del mismo o eran libres de domiciliar su nómina, invertir y pedir préstamos donde quisieran.

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